PAGO POR LIQUIDACIÓN E INDEMNIZACIÓN DE LA RELACIÓN LABORAL
Cuando un trabajador es despedido de manera injustificada, este tiene el derecho de que se le paguen tres meses solo en caso de que este tenga un año de antigüedad de salario o llamar a una junta de conciliación para que se le devuelva el trabajo.
Se le podrá despedir al trabajador en caso de que cometan faltas graves en el trabajo, estas mismas son estipuladas por el patrón las más frecuentes son:
-Rompimiento del reglamento
-Faltas injustificadas
-Revelar secretos de la empresa
-Cometer faltas de respeto a otros trabajadores
Cuando se termine la relación laborar por mutuo acuerdo, por terminación de obra .por muerte del trabajador, por incapacidad física o menta o por cometer faltas en la empresa el patrón no tiene que
pagar una indemnización. En caso de que el trabajador tenga un año de antigüedad pague los tres meses de sueldo, este no será obligado a devolver el trabajo.